Trabajo de carácter variado relacionado con la seguridad y cumplimiento de las órdenes judiciales, lo cual conlleva participar en actividades relacionadas a las operaciones de un tribunal portando un arma de fuego. El trabajo conlleva exposición a alto riesgo y requiere respuesta rápida a la situación que se presente.
Debido a la naturaleza del trabajo de la clase, como parte del proceso de selección del (de la) candidato(a) recomendado(a), se le realizarán las evaluaciones adicionales siguientes: evaluación médica, de condición física, psicológica e investigación de carácter y reputación. Un resultado desfavorable en alguna de estas evaluaciones, conllevará la eliminación del nombre del (de la) candidato(a) del Registro de Elegibles y no será impedimento para que el (la) aspirante solicite el examen nuevamente cuando se emita una nueva convocatoria.
Poseer la condición física para trabajar de pie durante periodos prolongados, correr, subir y bajar escaleras rápidamente, repeler ataques corporales y reducir a la obediencia a personas mediante el uso de la fuerza física, de ser necesario.
Condición Especial de Empleo:
El Poder Judicial cuenta con puestos vacantes en las Salas Regulares y las Salas de Investigaciones en los Centros Judiciales. A las personas que acepten empleo en las Salas de Investigaciones se les requiere trabajar turnos rotativos de forma irregular, sábados, domingos, días feriados y turnos rotativos. Además, a los puestos asignados en las Salas Regulares, se les podrá requerir trabajar tiempo adicional a la jornada regular de trabajo y turnos irregulares, conforme a las necesidades del servicio.
Poseer el grado de Bachillerato de una institución universitaria acreditada.
Requisito Adicional:
Licencia de conducir expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. (En el caso de los (las) candidatos(as) que posean licencia de conducir de los Estados Unidos y sean recomendados(as) para puestos vacantes, deberán realizar las gestiones para obtener la licencia de conducir que emite el Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, previo al nombramiento).
Adiestramiento de Alguaciles:
Todo(a) candidato(a) recomendado(a) que obtenga resultados favorables en las evaluaciones mencionadas anteriormente, participará durante su periodo probatorio de la Academia de Alguaciles de Nuevo Nombramiento. Por lo que, se le requerirá al personal trasladarse a la dependencia judicial donde se esté ofreciendo esta academia, la cual persigue desarrollar los conocimientos y destrezas básicas que le permitirán realizar las funciones de la clase de forma efectiva y segura. De otra parte, participará de todos los adiestramientos que requiera la Oficina del Alguacil General y Manejo de Emergencias del Poder Judicial en las sedes judiciales donde se ofrezcan.
El examen será sin comparecencia y consistirá en una evaluación de la preparación académica y experiencia según evidenciada con la solicitud de examen.



