El trabajo consiste en planificar, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de la Oficina de Servicios Legales de la Oficina de Protección y Defensa de las Personas con Impedimentos de Puerto Rico. El trabajo en esta clase es de gran responsabilidad y complejidad que conlleva dirigir la Oficina de Servicios Legales, y liderar las funciones de estudio, análisis e investigación de situaciones que afectan a personas con impedimentos, y que pueden constituir una violación de sus derechos, con el propósito esencial de representar sus intereses ante cualquier foro. Además, asume la representación en algunos casos o comparte la representación legal con los abogados que supervisa. Ejerce un alto grado de iniciativa y criterio propio en el desempeño de sus funciones guiado por el ordenamiento jurídico aplicable y las normas éticas que rigen el ejercicio de la abogacía. Trabaja bajo la dirección del Director(a) Ejecutivo(a). Determina el curso de acción a seguir en sus casos, con libertad y criterio propio, solo delimitado por los parámetros de la política pública. Tiene una relación de abogado cliente con sus representados, la cual requiere absoluta confianza y lealtad. El trabajo se evalúa mediante el análisis de los informes que presenta, en reuniones con su supervisor y por los resultados obtenidos.
Cuarto año de Escuela Superior de una institución educativa licenciada o acreditada. Graduado de Juris Doctor de una universidad o colegio acreditado. Licencia para ejercer la profesión legal y admitido a la práctica de derecho ante los tribunales de Puerto Rico, Tribunal Supremo de Puerto Rico y en el Tribunal Federal a ejercer la profesión de Abogado(a). Cinco (5) años de experiencia como abogado que incluya experiencia en litigación o representación de personas con impedimentos en el reclamo de sus derechos. Dos (2) de ellos en labores de supervisión de personal. Dominio en los idiomas español e inglés.
Licencia para ejercer la notaría en Puerto Rico.
El examen consistirá en una evaluación en la que se adjudicará puntuación por la preparación académica, cursos o adiestramientos y por la experiencia de trabajo directamente relacionada con las funciones de los puestos en la clase.