Trabajo profesional que consiste en la planificación, diseño y supervisión del área programática del Centro Dos Generaciones (2 Gen).
Bachillerato de una institución educativa licenciada y/o acreditada.
Documentos a presentar al momento de la solicitud:
- Evidencia de Estudios (diploma o transcripción de crédito original)
- Resumé (actualizado)
- Certificado de Nacimiento (original)
- Antecedentes Penales (con fecha no mayor de 6 meses)
- Certificación de Radicación de Planillas sobre Contribuciones (Forma 6088 o 2781/ si no ha radicado planillas en los últimos cinco (5) años)
- Certificación o negativas sobre Pensión Alimentario (ASUME) (con fecha no mayor de 6 meses)
- Tarjeta de Seguro Social (original)
- Tarjeta de Identificación (licencia) (original)
- Otros documentos podrían ser solicitados en el transcurso del proceso
Los documentos requeridos deberán ser entregados en el Departamento para la Administración de los Recursos Humanos. Se aceptarán los requerimientos de 8:00 am a 12:00 pm y de 1:00 pm a 4:30 pm de lunes a viernes en el #15 Calle Padial Manatí, PR, 00674.
OTRAS NOTAS IMPORTANTES:
1. Los candidatos que indiquen poseer experiencia deberán incluir juntamente con su solicitud de examen una certificación de la agencia o empresa donde presta o haya prestado servicios que incluya:
• Posición ocupada por el solicitante
• Sueldo semanal, mensual o por hora
• Fechas exactas en que adquirió la experiencia
• Descripción de deberes y la naturaleza del trabajo
2. Se adjudicará puntuación adicional a la nota obtenida por concepto de Preferencia de Veterano y/o Persona con impedimentos, sujeto a que presente evidencia oficial emitida por la autoridad competente que permita constatar que es acreedor.
• Para reclamar la Preferencia de Veterano será requisito presentar copia legible del certificado de licenciamiento o del informe de licenciamiento conocido como “Forma DD-214” o en su lugar “Certificado de la Administración de Veteranos” que indique los periodos de servicio en las Fuerzas Armadas.
• Para reclamar la preferencia de Persona con Impedimentos, deberá presentar una certificación médica oficial emitida por una autoridad competente, con no menos de doce (12) meses, que evidencie la condición de impedimento de la persona. La Ley Núm. 107-2020, según enmendada otorga este beneficio a toda persona con impedimentos cualificada en cualquier examen. Esta ley aplicará a las personas cuyo impedimento afecta sustancialmente una o más de las actividades principales de su vida. El beneficio de esta ley no aplicará a las personas con impedimentos que cualifiquen para la preferencia de veteranos.
3. Es indispensable que los candidatos presenten evidencia de toda la experiencia laboral y preparación académica que indiquen en su solicitud de examen. No se adjudicará puntuación por la experiencia o preparación que no esté evidenciada.
PATRONO CON IGUALDAD DE OPORTUNIDADES