Trabajo subprofesional, de campo y de oficina que consiste en la inspección e investigación de excavaciones y demoliciones en proyectos realizados por empresas de servicios públicos (públicas y privadas) a los efectos de asegurar que estas presten los servicios correspondientes conforme a la reglamentación aplicable en una Agencia del Gobierno de Puerto Rico.
Estas ocupando o haber ocupado un puesto de Inspector(a) de Excavaciones y Demoliciones en el Servicio de Carrera del Gobierno de Puerto Rico, con dos (2) años de experiencia en la clase.
O en su lugar
Graduación de Cuarto Año de Escuela Superior o su equivalente de una institución educativa licenciada y/o acreditada y dos (2) años de experiencia en trabajo de campo y de oficina relacionado con la inspección e investigación de excavaciones y demoliciones, en funciones de naturaleza y complejidad similar a las que realiza un(a) Inspector(a) de Excavaciones y Demoliciones en el Servicio de Carrera del Gobierno de Puerto Rico.
O en su lugar
Haber aprobado treinta (30) créditos de una institución educativa licenciada y/o acreditada y un (1) año de experiencia en trabajo de campo y de oficina relacionado con la inspección e investigación de excavaciones y demoliciones, en funciones de naturaleza y complejidad similar a las que realiza un(a) Inspector(a) de Excavaciones y Demoliciones en el Servicio de Carrera del Gobierno de Puerto Rico.
O en su lugar
Haber aprobado sesenta (60) créditos de una institución educativa licenciada y/o acreditada.
Poseer Licencia de Conducir expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas, conforme establece el Artículo 1.55 de la Ley Núm. 22 - 2000, “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”.
Atender investigaciones de querellas presentadas por incidentes ocurridos en los pueblos que le hayan sido asignados. Deberá estar “On Call” veinticuatro (24) horas al día, los siete (7) días de la semana para investigar accidentes o emergencias relacionadas con su trabajo
El examen consistirá en una evaluación en la que se adjudicará puntuación por la preparación académica, cursos o adiestramientos y por la experiencia de trabajo directamente relacionada con las funciones de los puestos en la clase.