Trabajo profesional en el campo del Derecho que consiste en brindar servicios legales, así como en asesorar y representar a una Agencia del Gobierno de Puerto Rico en los asuntos que están bajo su jurisdicción.
Ambiente de trabajo que envuelve riesgos físicos menores que requieren seguir las precauciones básicas de seguridad. El grado o nivel de riesgo a que se expone en el ambiente de trabajo es una exposición moderada de oficina. El trabajo requiere esfuerzo físico liviano. El esfuerzo visual y mental que se requiere es constante, sobre seis (6) horas diarias. Más de 15 salidas oficiales por año dentro del turno de trabajo; de seis (6) a quince (15) salidas oficiales por año más allá del turno normal de trabajo; de seis (6) a quince (15) salidas oficiales por año que requieren de una (1) a tres (3) noches fuera de la casa; una (1) a cinco (5) salidas oficiales por año que requieren más de tres (3) noches fuera de la casa.
Haber sido admitido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico a ejercer la profesión de Abogado y tres (3) años de experiencia profesional como Abogado(a), en funciones de naturaleza y complejidad similar a las que realiza un(a) Abogado(a) en el Servicio de Carrera del Gobierno de Puerto Rico.
O en su lugar
Haber aprobado todos los créditos, excepto la tesis o examen comprensivo, conducentes a la Maestría en Derecho, de una institución educativa licenciada y/o acreditada, haber sido admitido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico a ejercer la profesión de Abogado y dos (2) años de experiencia profesional como Abogado(a); en funciones de naturaleza y complejidad similar a las que realiza un(a) Abogado(a) en el Servicio de Carrera del Gobierno de Puerto Rico.
O en su lugar
Maestría en Derecho de una institución educativa licenciada y/o acreditada, haber sido admitido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico a ejercer la profesión de Abogado, y un (1) año de experiencia profesional como Abogado(a); en funciones de naturaleza y complejidad similar a las que realiza un(a) Abogado(a) en el Servicio de Carrera del Gobierno de Puerto Rico.
O en su lugar
Haber aprobado todos los créditos, excepto la tesis, conducentes al Doctorado en Filosofía con especialidad en Derecho (PhD) o Doctorado en Derecho (JSD) de una institución educativa licenciada y/o acreditada y haber sido admitido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico a ejercer la profesión de Abogado.
El examen consistirá en una evaluación en la que se adjudicará puntuación por la preparación académica, cursos o adiestramientos y por la experiencia de trabajo directamente relacionada con las funciones de los puestos en la clase.