Trabajo profesional y especializado de oficina y de campo que consiste en examinar las operaciones de las cooperativas, mediante el análisis de documentos contables, financieros, económicos y administrativos con la finalidad de verificar que cumplen con las leyes y reglamentos que regulan sus operaciones, determinar el grado de solidez y liquidez financiera y el riesgo al seguro de acciones de depósito.
Automóvil propio. Disponibilidad para viajar frecuentemente y pernoctar fuera del hogar o residencia.
Grado de Bachillerato en Administración de Empresas con una concentración en Contabilidad o Finanzas que incluya tres (3) créditos en auditoria o intervención de cuentas de un colegio o universidad acreditada.
Dominio del uso de los programas Excel y Word. Poseer licencia de conductor vigente expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas.
El examen consiste en una evaluación en la que se adjudica puntuación por la preparación académica, cursos o adiestramientos y por la experiencia de trabajo directa o relacionada con los deberes del puesto en la clase.
1. El valor total del examen es de cien (100) puntos. Se adjudicará un setenta por ciento (70%) por
requisitos mínimos, un diez por ciento (10%) por experiencia de trabajo adicional a los requisitos mínimos y un veinte por ciento (20%) por preparación académica adicional a la requerida y cursos o adiestramientos directamente relacionados con las funciones del puesto. (COSSEC, Norma de Reclutamiento 2022-3)
2. En los casos en que el solicitante sea empleado del Sistema de Administración y Transformación de los Recursos Humanos, se considerarán únicamente las funciones propias y el nivel de la clasificación oficial del puesto en el cual fue nombrado.
3. Los candidatos que indiquen poseer experiencia en el Sistema de Administración y Transformación de los Recursos Humanos, empresas privadas o agencias excluidas, deberán incluir, juntamente con su solicitud de examen, una certificación de la empresa o agencia donde presta o haya prestado servicios que incluya:
- Posición ocupada por el solicitante
- Sueldo semanal, mensual o por hora, si se trata de empleo a jornada parcial
- Fechas exactas en que se adquirió la experiencia (día-mes-año) y cantidad de horas trabajadas, si se trata de un empleo a jornada parcial
- Descripción de los deberes y la naturaleza del trabajo
- Sueldo bruto mensual devengado
4. Se adjudicará puntuación adicional a la nota de pase obtenida por los candidatos por los siguientes conceptos y cantidades:
- Diez (10.00) puntos o el diez por ciento (10%), lo que sea mayor, como puntuación adicional a la nota obtenida por concepto de Derecho de Preferencia de Veterano a todo Veterano licenciado Honorablemente. Según lo dispone la Ley Núm. 203-2007, en su Artículo 4, inciso F (a) (1,3), de la Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño de Siglo XXI. Para reclamar la preferencia de veterano, deberá someter copia de “Forma DD-214” o en su lugar “Certificación de la Administración de Veteranos” que indique los periodos de servicio en las Fuerzas Armadas y clase de licenciamiento (honorable).
- Cinco (5) puntos o el cinco por ciento (5%) , lo que sea mayor, adicionales a la nota de pase obtenida por una persona con un impedimento cualificada, en cualquier examen. La Ley Núm. 81-1996, según enmendada, otorga este beneficio a toda persona con impedimento cualificada en cualquier examen. Esta ley aplicará a las personas cuyo impedimento afecta sustancialmente una o más de las actividades principales de su vida. El beneficio de esta ley no aplicará a las personas con impedimentos que cualifiquen para la preferencia de veteranos. Para reclamar la preferencia de Persona con Impedimento, deberá presentar una certificación médica oficial emitida por una autoridad competente, con no menos de doce (12) meses, que evidencie la condición de impedimento de la persona.
- Cinco (5) puntos o el cinco por ciento (5%) , lo que sea mayor, adicionales a la nota de pase obtenida por una persona beneficiaria de los programas de Asistencia Económica Gubernamental que se encuentran bajo las disposiciones de la “Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidad Laboral en Puerto Rico”, Ley Pública Federal Núm. 104-193 de 22 de agosto de 1996, según enmendada, deberá estar próximo a cumplir sesenta (60) meses de participar de dichos beneficios. De reunir este requisito será necesario que presente una certificación oficial emitida por el Programa de Asistencia Económica Gubernamental, (Programa TANF) del cual usted es participante.
- Diez (10.00) puntos o el diez por ciento (10%), lo que sea mayor, y adicional a cualquiera otra bonificación a la calificación obtenida en cualquier examen al miembro de los Servicios Uniformados, Guardia Estatal, empleado civil del Cuerpo de Ingenieros o del Servicio Médico Nacional contra Desastres en igualdad de condiciones académica, técnicas o de experiencia, según lo dispones el Artículo 6 de la Ley Núm. 218 de 2003, según enmendada, conocida como “Ley de Protección para los Miembros de la Fuerza Armadas de los Estados Unidos”.
5. El registro de elegibles se establecerá en orden descendente de las cualificaciones o puntuaciones obtenida en el examen.
6. Una vez presentada y evaluada la solicitud de examen, no se aceptará ninguna alteración a la información.
7. Es indispensable que los candidatos presenten evidencia de toda la experiencia laboral y preparación académica que indiquen en su solicitud de examen. No se adjudicará puntuación por la experiencia o preparación que no se evidencie.
8. La experiencia adquirida mediante interinatos se acreditará si concurren las siguientes condiciones:
- Designación oficial por escrito de la autoridad nominadora o su representante autorizado para desempeñar las funciones del puesto interinamente.
- El puesto ocupado interinamente sea de clasificación superior al puesto que ocupa en propiedad.
- Reunir los requisitos mínimos del puesto ocupado interinamente, al momento de la designación.
- Haber desempeñado durante el periodo del interinato todos los deberes del puesto.
9. Solamente cualifican para el ingreso al servicio público, los ciudadanos de los Estados Unidos de América y los extranjeros legalmente autorizados a trabajar.
10. La experiencia adquirida será considerada siempre y cuando haya sido obtenida con posterioridad a la preparación académica requerida.
11. Los grados académicos obtenidos en el extranjero deberán estar acompañados de la debida certificación de acreditación por las autoridades competentes.
12. La Ley Núm. 8-2017, establece como requisito para la solicitud de empleo en el servicio público que el candidato haya rendido Planillas de Contribución sobre Ingresos correspondiente a los últimos cinco (5) años previos a su solicitud de examen para este puesto, si estaba obligado en ley a rendir la misma.
Mediante Boletín Administrativo OE2021-008, se implantó el “Sistema de Identificación Electrónica de Accesos en Línea” (IDEAL) mediante el cual la Entidad Gubernamental no debe solicitarle al ciudadano un documento al que ya tiene acceso. Entre los documentos que la COSSEC puede acceder, previo a su autorización, para completar su solicitud de examen esta la Certificación de Radicación de Planillas y la Certificación Negativa de Pensión Alimenticia de ASUME. Usted tiene la opción de autorizar a la COSSEC a tramitar las certificaciones mediante el sistema IDEAL o someterlos. Esta certificación es emitida por el Departamento de Hacienda. Puede solicitarla en una Colecturía de Rentas Internas o en la Colecturía de Rentas Internas Virtual. De ser el caso que en la Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos para el año 2021, lea “Información No Disponible”, favor de presentar copia de la primera página de la planilla de contribución sobre ingresos del año anterior a la convocatoria, con el sello del Departamento de Hacienda, si usted presentó la misma personalmente en dicho departamento. De haberla sometido electrónicamente, deberá incluir copia de la primera página, que refleje el número de validación. De usted no haber estado obligado por ley a rendir planilla de contribución sobre ingresos durante uno o más años dentro del período de los cinco previos a presentar su solicitud de examen, es requisito que presente la Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos, acompañada de la Certificación de Razones por las Cuales el Contribuyente No Está Obligado por Ley a Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos (formulario del Departamento de Hacienda-SC2781). Puede conseguir el formulario de Certificación de Razones por las Cuales el Contribuyente No Está Obligado por Ley a Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos en una Colecturía de Rentas Internas, en la Colecturía de Rentas Internas Virtual del Departamento de Hacienda o en la COSSEC. No se aceptarán copias de planillas de contribución sobre ingresos en sustitución de la Certificación de Radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos.
13. Como condición de empleo el candidato seleccionado será sometido a la prueba de detección de sustancias controladas.
Cómo y Dónde Solicitar
Las personas que reúnan los requisitos mínimos del puesto e interesen ser considerados, deberán completar la Solicitud de Examen y radicarla con los documentos requeridos para evaluación a través del Portal de Empleos del Gobierno de PR disponible en https://www.empleos.pr.gov/. También puede imprimir la solicitud, completarla e incluir los documentos y luego, entregarla en la COSSEC, o enviarla por correo regular:
Dirección Física: 400 Avenida Américo Miranda, Edificio original COSVI, Piso 6, San Juan PR, 00928.
Dirección Postal: PO Box 195449, San Juan PR, 00919-5449.
En caso de radicar la Solicitud de examen de manera virtual (online), deberá cargar (upload) todos los documentos requeridos en el Portal de Convocatorias, al momento de completar su solicitud de examen en línea. Esto, a los efectos de evaluar su Solicitud de Examen y determinar si usted es elegible para esta Convocatoria y para completar el examen antes mencionado. Si decide entregar su solicitud en la COSSEC o enviarla por correo postal regular deberá incluir todos los documentos requeridos. No se aceptarán solicitudes de examen ni documentos recibidos después de la fecha y hora de cierre de la convocatoria a examen por ninguno de los medios anteriormente descritos. Si decide enviar su solicitud por correo regular, el matasellos debe tener anotado una fecha anterior o la misma fecha de cierre de esta convocatoria. Si usted fuera citado a entrevista se le podría requerir presentar los documentos en original de la preparación académica y experiencia laboral.
Documentos a ser Presentados al radicar la Convocatoria a Examen
- Solicitud de Examen debidamente completada en todos sus apartados. Usted deberá certificar con su firma que como solicitante de empleo no está incumpliendo con lo ordenado en la Ley Núm. 168-2000, según enmendada, conocida como “Ley para el Fortalecimiento del Apoyo Familiar y Sustento de Personas de Edad Avanzada”. De estar sujeto a una obligación impuesta en virtud de una orden judicial o administrativa bajo el palio de la referida Ley 168-2000, usted deberá certificar con su firma que está cumpliendo con el pago de la aportación económica o con la obligación fijada. Esta ley fue adoptada para asegurar que las personas cumplan con su responsabilidad de proveer sustento a sus familiares de la tercera edad o personas de edad avanzada.
- Transcripción de Créditos Transcripción de créditos, copia de estudiante, del/los grado/s académico/s conferido/s, relacionado/s al puesto, según establecido en los requisitos mínimos del puesto indicados en esta convocatoria a examen. De usted poseer otros grados académicos, deberá incluir copia de la transcripción de créditos de estos. Es requisito que la transcripción de créditos incluya el grado académico conferido, concentración e índice de graduación. Además, debe contener la firma del registrador de la institución educativa donde cursó los estudios. No se aceptaran copias de diplomas en sustitución de la transcripción de créditos. De usted estar realizando estudios conducentes a un grado académico deberá presentar una transcripción de créditos, copia de estudiante, que evidencie los cursos aprobados. Es requisito que contenga la firma del registrador. No se aceptarán informes de cursos aprobados emitidos por la institución educativa a través de su página electrónica, ya que éstos no contienen la firma del registrador de la institución educativa.